La Sentencia LPV requiere que cada Titular de Derechos de Agua confirme o corrija su información de WMID establecida en el Anexo C de Adjudicación LPV: Programa de Asignación de Aguas Subterráneas: “El 1 de agosto de 2023 o antes, cada Titular de Derechos de Agua enviará una notificación por escrito al Watermaster, que deberá ser certificada bajo pena de perjurio, que deberá: (i) confirmar que la información establecida en el Programa de Asignación de Aguas Subterráneas correspondiente al WMID(s) asignado(s) es verdadera y correcta a su leal saber y entender; o (ii) identificar cualquier error con respecto a dicha información y cómo debe corregirse la información”. (Sentencia LPV, § 4.3.1.) Las correcciones solicitadas están sujetas a impugnación por parte de cualquier parte de la Adjudicación LPV y a investigación por parte del Watermaster. (Sentencia LPV, § 4.3.1.)
La falta de confirmación o corrección de la información de WMID prohíbe al titular de un derecho de agua utilizar agua subterránea: “Ningún titular de un derecho de agua puede utilizar agua subterránea durante el año hidrológico 2023 o después hasta que se envíe la notificación antes mencionada al Watermaster”. (Sentencia LPV, § 4.3.1.)
El administrador de aguas de LPV ha preparado un “Formulario de notificación de información de WMID” para que los titulares de derechos de agua confirmen o soliciten la corrección de su información de WMID incluida en el Anexo C de la sentencia de LPV: Programa de asignación de aguas subterráneas. El Anexo C de la sentencia de LPV: Programa de asignación de aguas subterráneas y el Formulario de notificación de información de WMID se proporcionan a continuación. Los titulares de derechos de agua deben completar y devolver el formulario al administrador de aguas de LPV a LPV.Watermaster@ventura.org lo antes posible para asegurarse de que puedan usar las aguas subterráneas según la sentencia de LPV en el año hidrológico 2023.
Anexo C: Cronograma de asignación de aguas subterráneas
Formulario de notificación de confirmación de WMID
Dirija sus preguntas sobre el requisito de confirmar o corregir la información de WMID al Watermaster en LPV.Watermaster@ventura.org.
La Sentencia LPV otorga asignaciones de derechos de agua a las partes para el uso de agua subterránea de la Cuenca de Aguas Subterráneas del Valle de Las Posas, según se define en la Sentencia LPV (Cuenca). Estas asignaciones de derechos de agua reemplazan las asignaciones de extracción/bombeo de los propietarios y operadores según la “Ordenanza para Establecer un Sistema de Asignación de Extracción para la Cuenca de Aguas Subterráneas del Valle de Las Posas” (Ordenanza de Asignación LPV) de la FCGMA. La Ordenanza de Asignación LPV y todas las demás ordenanzas de la FCGMA continúan aplicándose a la extracción de agua subterránea que se produce fuera de la Cuenca.
Las asignaciones de derechos de agua se calculan anualmente aplicando las fórmulas establecidas en Anexo D a la Sentencia LPV. Generalmente, las asignaciones son el producto de la base de asignación de un titular de derechos de agua y el rendimiento operativo de la Cuenca en un año hidrológico determinado. Por lo tanto, a medida que el rendimiento operativo de la Cuenca cambia de un año hidrológico a otro, los cálculos de asignación también cambiarán. Las bases de asignación se establecen en Anexo C de acuerdo con la Sentencia LPV, y el rendimiento operativo para los años hidrológicos 2023 y 2024 será de 40.000 acres-pies. (Sentencia LPV, § 4.9.1.1.). En los años hidrológicos futuros, el rendimiento operativo de la Cuenca se determinará con la preparación de estudios de rendimiento de optimización de la cuenca. (Sentencia LPV, § 4.10.)
Según la Sentencia LPV, los cálculos de las asignaciones no son definitivos hasta que el Comité Asesor Técnico (TAC) designado por el Comité Asesor de Políticas (PAC) los consulte primero. (Véase Sentencia LPV, § 4.2, Anexo A: Normas del Watermaster, § 2.9.) Los miembros del TAC reciben su salario a partir de las evaluaciones de la cuenca. (Sentencia LPV, § 6.11.2.) En este momento, el PAC no ha designado a los miembros del TAC y el Watermaster no ha designado a los miembros del TAC, no se han negociado los acuerdos de consultoría de los miembros del TAC y el TAC no ha consultado sobre el borrador de los cálculos de asignación para el año fiscal 2023. El Watermaster estima que la consulta del TAC sobre el cálculo de las asignaciones para el año fiscal 2023 se completará en febrero de 2024.
Los titulares de derechos de agua pueden estimar sus asignaciones para el año fiscal 2023 aplicando las fórmulas del Anexo D de la Sentencia LPV, utilizando sus bases de asignación incluidas en el Anexo C de la Sentencia LPV. Tenga en cuenta que las estimaciones deben utilizarse únicamente con fines de planificación y Los cálculos finales de asignación del WY 2023 regirán la extracción y el uso de los titulares de derechos de agua. Una vez que se complete la consulta del TAC, se notificará a los titulares de derechos de agua que el cálculo final de las asignaciones de WY 2023 está disponible en el sitio web del Watermaster.
Dirija las preguntas sobre el borrador del cálculo de asignaciones para el año fiscal 2023 al Watermaster en LPV.Watermaster@ventura.org.